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La conciliación
Este texto es la obra más ambiciosa que se ha escrito sobre la conciliación en el Perú. Entre sus páginas alberga los trabajos de más de treinta autores directamente involucrados en esta institución fundamental, cuyo objeto es la resolución pacífica de los conflictos que se suscitan no solo en el ámbito civil patrimonial, sino también en el familiar, laboral, de salud y en la contratación pública. Su estructura metodológica permite al lector familiarizarse con los aspectos centrales y con la actualidad de la dinámica conciliatoria, tanto dentro del proceso guiado por el juez como de manera extrajudicial bajo la orientación del conciliador seleccionado por el centro de conciliación. Sobre todo, otorga al lector una mirada crítica del sistema conciliatorio, en el que intervienen actores cruciales y una legislación perfectible que se conjugan para vislumbrar las soluciones más adecuadas frente a una infinidad de situaciones conflictivas que se presentan en la realidad. Y la ocasión para esta confluencia de valiosas perspectivas sobre el ámbito conciliatorio no pudo ser más significativa: conmemorar la labor y guía del conciliador acreditado Nº 001, el maestro Guillermo Carlos Miranda Arosemena, cuya figura ha representado un apostolado vigente en el desarrollo de esta institución y un símbolo de la cultura de paz en el Perú.

La Valoración Probatoria en la Corte Suprema
La comprensión de la dinámica del recurso de casación es una labor inacabada, sobre todo en nuestro ordenamiento procesal. Por ello, el principal mérito de La valoración probatoria en la Corte Suprema radica en haber identificado, a partir de puntuales decisiones de nuestras salas supremas, ciertas aristas que podrían llevarnos a configurar un recurso casatorio con una finalidad dikelógica, orientada a privilegiar un pronunciamiento sobre el fondo de la litis y a limitar al máximo la facultad del reenvío. Si bien este panorama planteado ha sido contrastado correctamente con legislación y jurisprudencia comparada, son, sin duda, los aportes que surgen directamente de las decisiones y fallos casatorios los que permiten fomentar un recurso menos ortodoxo y repensado también en la satisfacción del ius litigatoris, la reducción de la carga procesal y la seguridad jurídica.